YA SE PUEDE SOLICITAR EL ACTA DE NO INICIO CON CARACTER PREVIO PARA LA PRÓXIMA CONVOCATORIA DE AYUDAS LEADER
Desde hoy, todos aquellos promotores que quieran solicitar una ayuda a la inversión dentro de la próxima convocatoria LEADER pueden solicitar la emisión del Acta de No Inicio con carácter previo.
Estando previsto abrir en breve la convocatoria de Ayudas LEADER para 2025 y a fin de agilizar la tramitación y facilitar el inicio de las inversiones que se pretendan realizar, los promotores interesados en participar en la convocatoria de ayudas destinadas a apoyo a inversiones ya pueden solicitar esta acta de No Inicio. La firma de este Acta no prejuzga la concesión de la ayuda ni confiere ningún derecho al solicitante, simplemente marca la fecha de inicio de la elegibilidad de los gastos.
Las inversiones deben comenzar de forma inmediata, siempre que sean potencialmente subvencionables. Esta acta de no inicio con carácter previo solo será válido si el promotor presenta solicitud de ayuda en la primera convocatoria que se abra tras la emisión del mismo, en caso de que no lo hiciese el acta perderá su validez.
Deberá existir un proyecto definido y verificable para que ADI Sierra Oeste de Madrid, pueda realizar la inspección “in situ” y verificar el no inicio de las inversiones, levantando acta al efecto de no inicio.
En caso de actuaciones que no estén destinadas a inversiones en bienes inmuebles u obra civil no procederá el levantamiento de estas actas, siendo la fecha de inicio de la elegibilidad de los gastos la de la solicitud de ayuda, por lo que habrá que esperarse a que se abra la convocatoria correspondiente.
Igualmente para que la elegibilidad de los gastos sea efectiva en el momento de abrirse la convocatoria, las inversiones no deberán haber finalizado antes de la fecha de registro de la solicitud. Para ello con posterioridad al registro de la solicitud de ayuda ADI Sierra Oeste de Madrid deberá emitir un Acta de No Finalización de las Inversiones.
Para la emisión del Acta de No Inicio será necesario realizar una solicitud dirigida a la Presidencia de ADI Sierra Oeste. En el caso de las personas físicas la presentación de la solicitud podrá hacerse por medios telemáticos, a través de la sede electrónica de ADI Sierra Oeste de Madrid. https://adisierraoestedemadrid.sedelectronica.es o presencialmente mediante la presentación en el Registro de ADI Sierra Oeste de Madrid, sito en la Calle Los Oficios, 8, Edificio “El Montón, nº 8, de Villa del Prado, 28630, Madrid
En el caso de las personas jurídicas será obligatorio hacerlo a través de la Sede electrónica de ADI Sierra Oeste de Madrid. https://adisierraoestedemadrid.sedelectronica.es, en base a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En consecuencia, no se tendrá por presentada toda solicitud que no se haga por medios electrónicos en dicha sede.
La documentación a presentar será la siguiente:
- DNI/CIF del Promotor.
- DNI del representante legal, en su caso.
- Breve Memoria descriptiva de la actuación a realizar.
- Proyecto Técnico o memoria valorada, con planos, donde se recoja intervención a realizar.
Para más información sobre el programa pueden dirigirse a la Asociación para el Desarrollo Integral de la Sierra Oeste de Madrid (Roberto Cordero Navarro / Manuela García Larios). 91 861 15 73 / 680 98 38 09 o en el mail sierraoeste@sierraoeste.org.